Micelio
Auto16 de julio de 2014

A- de 2014

Ponente Gabriel Eduardo Mendoza Martelo

Demandante Luz Angela Ramirez Perez Vs Uariv Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Decreto 1382 de 2000 no establece competencia sino reglas de simple reparto
  • Normas que determinan la competencia
Corte Constitucional
  • Competencia para dirimir conflictos de competencia
  • Competencia residual cuando autoridades judiciales carezcan de superior jerárquico común
5 temas · 7 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Séptimo Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento de Medellín y el Juzgado Promiscuo del Circuito de Frontino, Antioquia, en torno al trámite de la acción de tutela de la referencia.

La Sala se pronuncia sobre la competencia de la Corporación para dirimir conflictos de competencia y reitera el marco jurídico que determina esta competencia en materia de tutelas.

Se decide el asunto ordenando enviar el expediente al Juzgado Séptimo Penal del Circuito para Adolescentes con Función de Conocimiento de Medellín, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo de primera instancia a que haya lugar.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTO el auto proferido por el Juzgado
  2. Septimo. Penal del Circuito para Adolescentes con Funcion de Conocimiento de Medellin, el 7 de marzo de 2014, dentro de la accion de tutela promovida por la senora Luz Angela Ramirez Perez contra la Unidad Administrativa para la Reparacion Integral a las Victimas - UARIV - y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar - ICBF -.
  3. Segundo. REMITIR al Juzgado
  4. Septimo. Penal del Circuito para Adolescentes con Funcion de Conocimiento de Medellin, el expediente que contiene la accion de tutela presentada por la accionante, para que de manera inmediata tramite y adopte la decision de fondo de primera instancia a que haya lugar.
  5. Tercero. Por la Secretaria General de esta Corporacion, COMUNICAR al Juzgado Promiscuo del Circuito de Frontino, la decision adoptada en la presente providencia.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.